
Por lo general, solamente las personas que no son ciudadanas y tienen permiso de trabajo del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, sus siglas en inglés) pueden solicitar un número y tarjeta de Seguro Social. Para solicitar un número de Seguro Social:
Llene una Solicitud para una tarjeta de Seguro Social (Formulario SS-5-SP); y
Muestre documentos originales que prueben su:
Estado inmigratorio;
Permiso de trabajo;
Edad; e
Identidad.
Lleve la solicitud completada, junto con los documentos originales, a su oficina local del Seguro Social.
Estado inmigratorio
Como prueba de su estado inmigratorio en los Estados Unidos, usted tiene que presentar un documento vigente emitido por el gobierno de los Estados Unidos, la I-94, Arrival/Departure Record (en español, Registro de llegada/salida), el cual fue emitido cuando usted llegó a los Estados Unidos. Si usted es un estudiante con una visa de F-1 o M-1, necesita mostrarnos su I-20, Certificate of Eligibility for Nonimmigrant Student Status (en español, Certificado de elegibilidad bajo estado de estudiante quien no es un inmigrante). Si usted tiene una visa de J-1 o J-2 como visitante de intercambio, tiene que mostrarnos su DS-2019, Certificate of Eligibility for Exhange Visitor Status (en español, Certificado de elegibilidad como visitante de intercambio).
Derecho a trabajar
Para la mayoría de los trabajadores extranjeros, solamente necesitamos ver su I-94, Arrival/Departure Record (en español, Registro de Llegada/Salida). Algunos trabajadores extranjeros también tienen que mostrar su permiso de trabajo emitido por el DHS (I-766 o I-688B). Los estudiantes internacionales tienen que producir aún más documentación. Para informarse mejor vea Estudiantes internacionales y números de Seguro Social (publicación número 05-10971).
Edad
Usted tiene que presentar su certificado de nacimiento si lo tiene consigo o si lo puede obtener con facilidad. Si no lo tiene, podemos tomar en cuenta otros documentos como prueba de su edad, tales como su pasaporte o algún documento emitido por el DHS.
Identidad
Solamente podemos aceptar ciertos documentos como prueba de identificación. Para que podamos aceptar un documento, este tiene que estar al día (vigente) y que tenga su nombre, información que lo identifique y preferiblemente que tenga una foto reciente suya. Los documentos de inmigración que podemos aceptar incluyen su:
Formulario I-551 (inclusive su visa de inmigrante que es legible por maquina junto con su pasaporte extranjero vigente);
La I-94 con su pasaporte extranjero vigente; o
Su tarjeta de permiso de trabajo del DHS
(I-766 o I-688B).
Todos los documentos tienen que ser originales o copias certificadas por la agencia que los emitió. No podemos aceptar fotocopias ni copias notariadas de los documentos. Igualmente, no podemos aceptar un recibo que demuestra que usted ha solicitado el documento que se requiere. Es posible que un documento sirva para dos propósitos. Por ejemplo, es posible que usemos su permiso de trabajo del DHS como prueba de ambos derecho a trabajar y de identificación. Sin embargo, usted tiene que mostrar por lo menos dos documentos individuales.












